La discusión sobre los proyectos de ley que pretenden modificar la Ley 7530 de Armas y Explosivos, sigue generando polémica entre los diferentes sectores del país. El lunes pasado, los diputados aprobaron una moción para mantener la posibilidad de inscribir tres armas como actualmente establece la ley, y no una como se planteaba originalmente en el texto base del proyecto.
El Ministro de Seguridad Michael Soto, expuso frente a los diputados sus argumentos para convencerlos de aprobar el proyecto tal cual lo presenta el ejecutivo, como la opción para reducir el número de homicidios que en el 2018 se posicionó en 11,7 por cada 100.000 habitantes. En dicha sesión, mencionó que en el país hay una persona que tiene registradas más de 200 armas pues lo hizo antes de aprobarse la ley actual, sin embargo, la reducción de armas por personas no afectaría a este u otros casos similares dado a que la medida sólo aplicaría para nuevos portadores, y en este momento ninguna persona podría registrar tal cantidad de armas.
Según datos suministrados por el Ministerio de Seguridad Pública (MSP), de 8706 armas de fuegos inscritas ante la Dirección General de Armamento (DGA) a nombre de empresas de seguridad, no se conoce el paradero de 5100, correspondientes a 285 empresas disueltas, pero nuevamente, los proyectos de ley no contienen ninguna modificación que aborde esta problemática, pues los cambios están dirigidos al portador civil.
Anteriormente la diputada Zoila Volio presentó un dictamen negativo de minoría en el que afirmaba que de acuerdo a la información suministrada por la Unidad de Análisis Criminal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), en los últimos 4 años se presentaron más de 36.000 denuncias que involucraban un arma de fuego pero que sólo se recuperaron 442. De esa cantidad, 48 armas correspondían a armas matriculadas a personas físicas o jurídicas, de un total de 246.669 armas registradas, lo que representa menos del 1% y alrededor un 10% del total de armas decomisadas en ese período.
Las estimaciones del MSP dicen que la cantidad de armas legales involucradas en delitos podría se mayor pues se desconoce el paradero de las demás que no han sido decomisadas aún, aunque no se puede conocer con exactitud si dentro de esas 36.000 denuncias, un arma se utilizó en dos o más delitos, tampoco se tienen datos precisos cuántas de esas armas inscritas corresponden a empresas, civiles o cuerpos policiales.
Ante la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, Soto mencionó que el OIJ recientemente trasladó más de 400 armas vinculadas a homicidios al Arsenal Nacional, de las cuales 183 estaban registradas a nombre de empresas o personas físicas, lo que representaría un 37%, y de esas, unas 312 no tenían números visibles pero que se presumen, vienen del mercado lícito pues sus series se encontraban limadas (alteradas, según consta en el informe Estado de la Violencia Armada elaborado a finales del año pasado por el MSP, aunque no se determinó el período en el que estas 183 armas fueron decomisadas.
En este informe también se menciona una muestra más amplia entre 7830 armas que fueron remitidas por el Poder Judicial a la DGA de las cuales 2000 se encontraban registradas, pero tampoco se precisa el período en que fueron recuperadas. Pese a lo anterior, el MSP defiende los proyectos, aunque ninguno aborde la problemática planteada por el mismo ejecutivo donde se acepta falencias en los controles, sobre todo en empresas de seguridad privada y las más de 5000 armas con paradero incierto que el mismo Ministro y el informe de violencia armada, plantean.
La cantidad de armas que puede inscribir una persona es uno de varios puntos que se buscan modificar, también se pretenden cambios en los artículos 7, 20, 23 y 51 de la ley actual para:
Ampliar el perfil de las personas que pueden portar armas de fuego, restringiendo su uso a quienes cumplan condenas con penas en cualquier modalidad penitenciaria o estén acusadas en delitos contra la propiedad, violencia doméstica, contra la vida, sexuales, narcotráfico, entre otros.
Implementar un método de seguimiento, recomendado por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) mediante la consulta hecha a dicha institución, para control de las armas, de manera que la inscripción se de por un plazo de tres años prorrogable por períodos iguales, y no indefinidamente como actualmente dicta la ley.
Regular los sitios o establecimientos donde se pueda portar armas de fuego, quedando de esta forma prohibido el ingreso a establecimientos comerciales con licencia de comercialización de licor clase B y E4, centros recreativos, casinos, exceptuando el uso policial y oficiales de seguridad privada contratados en el ejercicio de sus funciones. Actualmente la ley limita únicamente a instituciones públicas, de salud y educativas, sin embargo muchos establecimientos o recintos privados aplican sus propios derechos de admisión, el proyecto propone además que ahora se coloque un aviso visible para identificar esta restricción.
Por su parte, los opositores sostienen que la tenencia legal de armas no tiene una relación directa con el aumento de la criminalidad, y señalan que gran parte de las armas provienen del mercado ilícito, empresas de seguridad privada e incluso el mismo gobierno y que las modificaciones deberían estar orientadas en esta dirección. Una de las armas utilizadas durante el fallido asalto a un empresario en Coronado, fue robada a un agente del OIJ en Limón, y grupos pro-defensa insisten en que no se ha hecho un desglose detallado de a quién pertenecían anteriormente las armas decomisadas presentadas por el MSP y que se encontraban registradas.
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